Con la llegada del verano, lo habitual es que realicemos más desplazamientos relacionados con el ocio con nuestro vehículo y, por lo tanto, estemos más expuestos a cometer algún tipo de infracción y, por ende, a recibir una multa. A nadie le agrada una sanción económica, que se agrava si conlleva retirada de puntos en el carnet de conducir.

Lo primero que debemos de tener en cuenta es que la bonificación del 50% por pronto pago y la presentación de un escrito de alegaciones son acciones incompatibles entre sí. O lo que es lo mismo, si realizas el pago con descuento, al mismo tiempo estás renunciando a hacer cualquier tipo de alegación, a pesar de que más tarde te des cuenta de que hubiera algún tipo de error en la denuncia.

Por eso es muy importante valorar cuidadosamente la decisión que se va a tomar. Si hay retirada de puntos por medio, el pronto pago hará que se nos quiten de manera casi inmediata y sin posibilidad de recursos posteriores. Te recordamos que, además de agencias especializadas en la tramitación de las multas de tráfico, muchos seguros incluyen también esta prestación a sus clientes.

Al mismo tiempo, conviene saber que muchos de los recursos tipo que circulan por internet, no sirven absolutamente de nada. La denuncia, según las circunstancias, puede recibirse en el acto, a través de una notificación en nuestro domicilio, mediante una publicación en el BOE o en el buzón electrónico a través de DEV. En todo caso tendremos un plazo de 20 días naturales (cuentan domingos y festivos) para poder hacer las oportunas alegaciones.

Una alternativa a los recursos por vía administrativa es la impugnación de la sanción por vía judicial en la que las personas físicas están exentas del pago de tasas judiciales, lo que abarata los costes. Pero en este caso no debemos perder de vista que se trata de un proceso que puede resultar mucho más largo.

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