Desde el próximo 9 de mayo, con la entrada en vigor de la reforma de la Ley de Tráfico, ningún vehículo podrá usar los denominados detectores de radar. ¿Pero en qué se diferencian estos de los avisadores y los detectores de radar? Es lo que te vamos a contar en las siguientes líneas.
Un avisador de radar es un dispositivo que accede a una base de datos pública en la que están recogidas todas las ubicaciones de los radares fijos que hay en las carreteras españolas. Esta información es accesible para cualquier ciudadano a través de la página web de la Dirección General de Tráfico y mediante los carteles avisadores que hay en las carreteras. Es un tipo de dispositivo que nunca ha estado prohibido y que puede seguir usándose.
Por su parte, los inhibidores son aparatos que interfieren con la señal del radar impidiendo que este detecte al vehículo que circula por encima del límite de velocidad permitido. Su uso ya estaba prohibido y sancionado con multa de 6.000 euros y la pérdida de seis puntos del carnet de conducir.
200 euros de multa
El detector, lo que hace es descubrir la frecuencia en la que trabaja el radar y avisa de su presencia para que el conductor pueda adecuar la velocidad al límite marcado por la vía. Y lo hace tanto con los radares fijos como con los móviles. Así, si el vehículo lleva una velocidad excesiva, la reduce y cuando ha pasado el control, la vuelve a aumentar.
La diferencia fundamental entre el avisador y el detector es que el segundo interactúa con el radar, captando su señal mientras que el primero sólo avisa de su presencia basándose en una base de datos de acceso público. Con la nueva Ley en la mano, el uso del detector de radar se sancionará con una multa de 200 euros y la pérdida de tres puntos del carnet de conducir.