Cuidado con los radares. La Dirección General de Tráfico (DGT) ha reducido sin avisar el margen de gracia que aplicaba hasta el momento para las multas por exceso de velocidad. Según diversas informaciones aparecidas en medios de internet, ese colchón de seguridad que se encontraba en 10 kilómetros por hora (y que en algún momento llegó a ser de 20 kilómetros por hora) se ha reducido en dos. Por tanto, en los tramos de carreteras en los que el límite es menos de 120, el margen actual está en ocho kilómetros por hora.
Por tanto, en los últimos días, cientos de conductores que pasaban a una determinada velocidad por un tramo con radar y que no habían tenido incidencia alguna hasta el momento, han visto como están siendo sancionados. Y quizás no es tanto un problema de saltarse el límite, que si está es por algo, sino de no avisar del cambio. Esta situación lo que lleva a pensar es que ha sido, ni más ni menos, una medida recaudatoria.
Parece ser que autopistas, y quizás también autovías, se libran de este nuevo baremo, lo que supone que en los tramos en los que la velocidad límite son los consabidos 120 kilómetros por hora, se podrá seguir circulando hasta los 129 kilómetros por hora.
Lo cierto es que en los últimos años la siniestralidad en las carreteras españolas ha disminuido de manera drástica y notable. Por supuesto el temor de los conductores a ser sancionados por las medidas recogidas en los radares tendrá su parte de culpa, pero hay otras medidas como los controles de alcoholemia y drogas que seguro que también tienen mucho que ver. Por eso suena extraña esta modificación de los radares y da pie a los mal pensados para pregonar que la medida se ha tomado solamente para, como decíamos antes, recaudar más.